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Por lo menos es lo que se aprecia en las últimas sentencias donde se pronuncia sobre los guardarrailes; hablamos de la Sentencia de fecha 27 de octubre de 2014 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Madrid, donde se resuelve un accidente de un motorista ocurrido el 29 de mayo de 2006 sufriendo graves lesiones al golpearse con los soportes IPN de la valla de protección de la autopista.

Las vallas o guardarraíles que son útiles para evitar la salida de la vía de vehículos de cuatro ruedas, no lo son cuando se trata de motocicletas, pues normalmente el cuerpo del motoristano colisiona con la bionda sino con el soporte, lo que hace que se produzcan lesiones de gravedad o incluso la muerte.

Las cortantes aristas en los postes de sujeción de los guardarrailes ocasionan cada año un número alarmante de lesionados graves –generalmente por amputación de extremidades-  y fallecidos en nuestras carreteras.

La empresa concesionaria de la autopista elaboró un informe en el que mantenía que la red de autopistas se acomodaba plenamente a la normativa vigente en el momento de su adjudicación, y que las disposiciones contenidas en la Orden Circular 321/95 no le eran exigibles al haberse dictado muchos años después del inicio de la explotación de la autopista concedida.

En este supuesto el Tribunal Supremo condena a la Administración, como lo ha realizado en otras ocasiones, Sentencias de 13 de abril de 2011 y 7 de febrero de 2012, por cuanto que la existencia de las biondas en el margen de la carretera hizo que se agravaran las lesionespadecidas por el motorista, aun cuando la caída se produjera por una conducción negligente solo a él imputable. De no haber existido esos postes de sujeción el cuerpo habría continuado deslizándose por el arcén, o habría impactado contra ellos sin seccionarle dos extremidades, como sucedió.

Lo que debemos tener en cuenta es que pese a que la existencia de estos guardarrailes pueda ser ajustada a la normativa técnica vigente si finalmente este elemento de “protección” ocasiona lesiones a un usuario de la vía, pesa sobre la Administración el deber de indemnizar los daños por ella ocasionados.

El documento original aquí: http://centrodelaccidentado.com/accidente-motorista-guardarrailes-indemnizacion/